¿Se puede bautizar a un niño de una pareja homosexual?

Aprovecho una consulta que me hicieron sobre el tema.

El caso es el de dos mujeres, una de ellas madre biológica de una niña, que vive su lesbianismo de modo público. Pide el bautismo de su niña.

¿Se la puede bautizar o no?

Respuesta breve:

La niña no tiene la culpa de nada; sin embargo, el Código de Derecho Canónico dice claramente que, para bautizar lícitamente a un niño, se requiere «que haya esperanza fundada de que el niño va a ser educado en la religión católica; si falta por completo esa esperanza, debe diferirse el bautismo, según las disposiciones del derecho particular, haciendo saber la razón a sus padres (Canon 868 § 2).
 
Dos mujeres que viven su lesbianismo de modo público, teniendo relaciones y sin el menor indicio de querer cambiar de vida, no parecieran estar dando «esa esperanza fundada de que el niño va a ser educado en la religión católica»; no porque no tengan Fe, sino porque no parecen estar unidas a Dios por la Caridad («si me amáis, guardad mis mandamientos», dice el Señor Jesús en Jn 14,15).
Por esto: ¿qué le dirán a la niña cuando crezca y pregunte por el sexto mandamiento? ¿y sobre que Dios nos creó hombre y mujer?(Gén 1,27) ¿y sobre la homosexualidad? (Rom 1,24, Catecismo n. 2357).
 
Ahora: si ellas reconocen que no están viviendo bien su vida cristiana pero desean educar a esa niña en la Fe católica, buscando una vida de coherencia evangélica (solo una de ellas será la madre y la otra sólo una amiga que ayudará, viviendo en castidad), entonces no veo mayor inconveniente; pero eso exige que deseen convertirse, para lo cual es necesario predicarles el Evangelio que, quizás, no conocen bien o conocen incompletamente.
Alguno podrá objetar diciendo: «pero esa misma rigurosidad no se les impone a las parejas heterosexuales que viven en concubinato»; y es cierto, pero hay una diferencia: fornicarios, adúlteros o concubinarios, también cometen pecado mortal, pero no son contra natura como lo es la homosexualidad (Catecismo 2357).
 
 
Quizás sea una excelente oportunidad para poder evangelizar a estas personas que, aún erradas, han querido el bautismo de esa pequeña. 
Pero recuerden: la primera caridad es decir la verdad que libera.
 
P. Javier Olivera Ravasi, SE
24/6/2026

 


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8 comentarios sobre “¿Se puede bautizar a un niño de una pareja homosexual?

  • el junio 24, 2026 a las 12:55 pm
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    Excelente explicación Padre, muy claro todo

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  • el junio 24, 2026 a las 1:12 pm
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    Excelente tema como siempre Padre Javier. Muchas gracias por catequizarnos. Dios lo bendiga grandemente y el Espíritu Santo siempre esté con usted. Amén

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  • el junio 24, 2026 a las 2:27 pm
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    Padre, si el bautismo es un requisito necesario para la Salvación del alma, ¿no debería primar en este caso el interés superior del niño, para ponerlo en términos jurídicos? O dicho de otra forma, ¿sería justo que esta niña, a causa del pecado de su madre, fuera privada del Cielo? ¿Qué pasaría si quien pide el bautism es un abuelo, por ejemplo? ¡Gracias!

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    • el junio 24, 2026 a las 11:15 pm
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      Lo mismo pasa con los musulmanes, o los paganos: el bautismo no es un derecho. Es un regalo. Si a alguien no se le puede garantizar la educación cristiana al momento de tener uso de razón, no se lo puede bautizar, porque se le estaría dejando una carga, no un beneficio, al comenzar a pecar luego no sólo contra la ley natural (cuando tenga uso de razón) sino, también, contra la Ley de Dios. PJOR

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  • el junio 24, 2026 a las 2:52 pm
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    Excelente padre, gracias

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  • el junio 24, 2026 a las 4:14 pm
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    Buenas y Santas Pater Javier! Feliz Día de San Juan Bautista…!!! Muchas Gracias Pater por el Blog!!! Que tengas un Bendecido Día y Nuestro Querido Patrono…Te Acompañe Siempre…Ora pro Nobis 🙏🇦🇷❤️ San Juan Argentina ♥️🙏👍

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  • el junio 25, 2026 a las 3:08 pm
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    Muchas gracias Padre Javier por esta información y respuesta al tema en cuestión y sobretodo con el fundamento legal es con lo que se ampara la respuesta. Aunque nos duela pero la verdad es esa y aunque sea un alma inocente, es un ser que su madre concibió sabiendo que no lleva una vida en gracia y está en pecado. Ojalá su madre reflexione y viva la vida en castidad por el alma de su hija que bien vale más la pena.

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  • el junio 25, 2026 a las 4:45 pm
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    Puesto que el bautismo afecta a la salvación eterna del niño, que no tiene culpa, evidentemente que tiene derecho si tiene la oportunidad de ser bautizado.

    No podrán ser padrinos o madrinas aquellas personas que no sean católicas o que aun siéndolo no viven de una manera cristiana o vivan públicamente en pecado (porque con el bautismo adquieren una obligación personal en la educación católica del ahijado)

    (En realidad el término «tener derecho» es una palabra que no se debe usar por la carga ideológica que últimamente se le da: se aplica normalmente para exigir «tener derecho» a algo que la ley no da derecho; es decir, es una impostura; una manipulación…Pero nos entendemos)

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