Gesta de Dios por los argentinos. Entrevista al Dr. Héctor Hernández

El Dr. Héctor Hernández ya es conocido de los lectores de nuestro sitio, entre otras cosas, por su trabajo en la defensa de la vida y la Fe católica (entre otras cosas) como podrán ver en una de las recensiones que hicimos de su último libro, aquí.

Aprovechando su estancia obligada en España, donde quedó «varado» y en cuarentena a raíz del actual «coronavirus», aprovechamos a realizarle esta entrevista que ahora transcribimos acerca de la estrategia política para implantar el aborto (hoy en cuarentena gracias al mismo «bichito» caprichoso).

Es que «coronavirus mata aborto», como insinuó Amalia Granata…

Que no te la cuenten…

P. Javier Olivera Ravasi, SE


Para los no entendidos, ¿Qué es el famoso caso FAL al cual siempre se alude para hablar del tema del aborto?

Las causas judiciales suelen identificarse con el nombre de las partes, y en este caso la F de FAL significa “Fuentes”, apellido de una mujer que pidió en Chubut que se matara a su nietito todavía no nacido. En ese expediente FAL la Corte Suprema de la Nación confirmó una sentencia del Tribunal Superior de Chubut que crucificó a Verónica, a quien le asignamos sexo y nombre y cuyos restos habrían desaparecido en las cloacas de un Hospital chubutense.

¿Por qué se lo menciona tanto a pesar de que es de 2012?

Porque el Herodismo, o sea el partido abortista, lo usa como “chapa jurídica” para decir que el aborto está conforme con el Derecho y presionar al pueblo y engañar a los legisladores y conseguir la ley abortista.

Tenemos entendido que no es lo mismo una ley que una sentencia…

Exacto, las sentencias son normas que se dictan siguiendo la ley, resolviendo cuestiones ya ocurridas y que rigen para resolver esa cuestión pasada. En cambio, las leyes son normas generales y para los casos futuros. Las sentencias las dan los jueces; las leyes el Congreso.

¿Por qué se utiliza una sentencia para lograr una ley?¿acaso para presionar a los gobernantes?

¡Claro! ¡Para eso mismo! Presiona a los que quieren ser presionados… les sirve de autojustificación en derecho, y los abortistas sacan provecho de la ignorancia de la gente en derecho e incluso de los legisladores y del relativo prestigio que le queda a los jueces en Argentina.

¿Qué opina de los que aún creen en la justicia argentina?

No parece una pregunta en serio… el desprestigio es evidente… con su desprestigio se llevan puesto al derecho trayendo su desprestigio… Mire si no lo que pasa con los delitos de corrupción… Lo que dijo Castellani se aplica puntual: “la justicia argentina es dura y fina// con el pobre que se roba una gallina// pero se pone mansa y rancia//con el que se roba la gallina y la estancia”…

Entiendo, ahora, dígame, ¿en el caso FAL se ignora que Verónica era un ser humano?

Tanto se reconoció que era persona que se le designó defensor para que… obviamente, la defendiera… pero…

¿Y si era una persona, ¿qué sucedió?

Una animalada jurídica. Hay tantos errores de Derecho que sólo la Militancia abortista de la Corte los explica.

Empecemos por alguno, y no le dejaré pasar eso de la “militancia”…

Le trazo algunas coordenadas y después doy una primera crítica. A) Coordenadas. Abortar es matar a un pibito no nacido (reconocido por la Corte en FAL). Es un delito contra la humanidad porque nunca por ningún motivo se puede matar a un inocente. Y esto está reconocido por toda la legislación vigente en Argentina. Además, es delito establecido como tal por el Código Penal. “Delito” significa una conducta prohibida, que no se puede hacer. B) Ahora saco la primera crítica: La Corte considera que matar a un hombre chiquitito es un derecho de la madre. Es contradictorio reconocer que es un delito y decir que hay derecho a cometer un delito. Una burrada jurídica. Algo no puede ser un delito, cosa prohibida, y un derecho, cosa buena.

Pero en alguna excusa se deben fundar…

Claro, alguna palabrería jurídica había que poner para que parezca Derecho, lo que llamo “juridismos”…

¿Y qué son los “juridismos”?

Farfolla o trampa abogadil para engañar. Por ejemplo, citan un artículo del Código Penal que establece que aquel delito, que es delito y se considera delito, si se comete y se llega a sentencia, se exime de castigo. Es el art. 86 apartado 2 del Código Penal. Que es un artículo inconstitucional desde que nació en 1921 y peor ahora.

¿Por qué inconstitucional en 1921?

Porque no tiene casi posibilidad de aplicación hoy porque los médicos dicen que, al menos hoy, no se salva la vida de la madres matando al hijo, y porque de la violación de una idiota o demente no vienen idiotas o dementes, argumento que usaron para el no castigo entonces… Y es inconstitucional porque discrimina a las personas sin ninguna razón al negar la protección penal al no nacido, protección que se le da por ser persona…

¿Cómo es eso de que el derecho penal protege o desprotege, si los delitos, ya ocurridos, no se pueden volver atrás?

Protege de muchas maneras. Si el que delinquió es castigado, para la próxima lo va a pensar. Si está preso algunos delitos no puede cometer. Si los demás ven que “el que las hace las paga”, se cuidarán de cometerlos… A lo mejor… Suele suceder… Además, si se hace justicia en el alma de la gente se restablece el orden… Hitler era antiabortista… se oponía a matar a los no nacidos… pero no a los hijos de hebreos…

¿Y después de 1921?

Antes que eso, digamos que desde entonces viola la norma de oro del derecho que dice que no hay castigo sin culpa. Viola el artículo de la Constitución que impide que la vida de un argentino quede a manos de otro.

Eso ya desde 1921…

Bueno, el derecho constitucional positivo argentino establece el derecho del niño a la vida, obviamente desde que existe, explícitamente desde la concepción… Algo que en rigor no hacía falta, pero se ha hecho explícito. Eso está en los pactos incorporados a la Constitución, en especial la Convención de los Derechos del niño.

Decir que hay derecho a cometer un delito está claro que es una barbaridad, pero es un argumento que usa la Corte…

Primero le tiro algunas bases, después concluyo y después le abro el juego a nuevos disparates de la Corte. A) Bases. Un modo de razonar es aplicando el criterio de igualdad y que usan por ejemplo los jugadores de fútbol: “referí, si yo apenas lo toqué y me expulsa, y Fulano me partió al medio y ni siquiera amarilla”… Es decir que hay que tratar igual las situaciones iguales y desigual las desiguales; B) Consecuencia. Entonces, cuando se usa un argumento en un asunto, en otro caso que es igual hay que aplicarlo. Pues bien, hay muchas situaciones en que por un delito no se aplica pena, y a nadie se le ocurrió que había un derecho a practicarlas. Por ejemplo si alguien emborracha a un tipo y lo dirige para que mate a otro, según el derecho él no merece pena, pero a nadie se le ocurrió que tuviese derecho a matar, ni menos habría que asegurarle que mate sin riesgo, como hace la Corte. Ni menos que el que lo dirige para matar tenga un derecho, como surge de la Corte respecto de los médicos… Derecho a matar, ayudar para matar, y que todo sea seguro. Si una chica menor de 16 años comete un aborto, o cualquier menor de esa edad que cometa cualquier delito, según la ley 22.278 del Régimen penal de los menores no se le aplica pena, pero a nadie se le ocurrió que los menores de 16 tengan derecho a matar y a ejecutar todos los delitos, ni menos asegurarle que mate sin riesgo porque ejerce un derecho…

Quiere decir que no es punible el aborto hecho por la menor de 16…

Es pura mentira lo del abortismo, porque la mayoría de los casos que plantea que van a ir a prisión, por el Derecho no van a prisión… ya le dije: menor de 16 años no es imputable penalmente…

Otros casos similares…

Hay muchos otros casos en que por distintas razones algo se considera delito pero no se aplican penas. Por ejemplo el hurto entre esposos no se castiga con pena del derecho penal, pero sigue siendo ilegítimo. Si se corta ud. un pie sin que haya ninguna razón médica no lo meterán preso, pero no tiene ud. derecho a que el Estado financie las amputaciones de pie como un derecho.

Promete muchas críticas…

Además, la Corte jurídicamente no podía fallar. Lo suyo es inconstitucional por todos lados… Por varias razones…

En Derecho los jueces están para resolver lo que se llama “casos judiciales”. Donde no hay eso, es decir pelea, conflicto o discusión o solución que dar, los tribunales no pueden intervenir. En el caso FAL el juicio se había hecho para liquidar a Verónica, y a Verónica ya la habían liquidado sin oírla… Entonces no había caso y no podía actuar la Corte Suprema. Ellos mismos reconocen en FAL que no tiene sentido práctico. Pero hacen algo que no les compete, legislar los protocolos de la muerte o las “iletruchas”, como las llamo (interrupciones legales del embarazo que son contra la ley) porque son ilegales…

¿Qué más?

En Derecho si el que protesta de la resolución de un tribunal a otro, que se llama “apelación”, no hace un fundamento completo de lo que critica y de lo que quiere no se le debe conceder tal apelación. Y el Tribunal de Chubut dice que los abortistas que apelaron la decisión de los tribunales inferiores de no autorizar el aborto, no fundaron bien el recurso pero igual se lo concedieron… Abortismo militante judicial…

Vayamos a lo de la “militancia judicial” entonces.

Ya dimos la diferencia entre juez y legislador. Pues bien, la Corte Suprema en FAL se largó a presionar a todas las autoridades del país legislando… dictando medidas generales para el futuro. Presionando para que se dicten los protocolos de la muerte.

¿Dictaron una ley?

¡Tan bestias y sinceros no son!, pero aprovecharon el expediente FAL para presionar a que se mate a discreción en los Hospitales, porque eso sería para ellos ejercer un derecho, y que no hay que molestar a la justicia por estas cosas. Inconstitucional por todos lados. Los Protocolos venían de antes, y dictada la sentencia se multiplicó la matanza de pibitos en el país y ahora viene el carnicero Ginés. Un Exterminio.

¿Entonces, una sentencia de la Corte en un caso no obliga en todos los casos similares?

No; los jueces fallan en el caso concreto y sobre el caso concreto. Cada juez es, por así decir, soberano en su caso. No tienen por qué seguir lo que dice la Corte. La Corte no es superior jerárquico de los jueces en el contenido de sus sentencias fuera del caso. Esa sentencia no es obligatoria para otros casos, y tampoco es obligatoria en ese caso, porque no dice nada práctico pero convalida el crimen, y porque es contra-todo-derecho. Una sentencia nula…

Parece suficiente… ¿Hay más?

Antes de dar más razones, no hay que cometer el defecto de los “Provida” que, o para agotar la argumentación, o para transar con el abortismo (caso de algunos obispos) hacen críticas menores y dejan de lado la principal. La principal crítica es que nunca se puede matar a un inocente. Lo dice la ley de la humanidad, lo dice la Ley divina, lo dice la Constitución, art. 18 y 29 y etcétera, lo dicen los pactos, lo dice la Convención del Niño… De eso no hay que bajarse, porque si no, si nos conceden la objeción de conciencia (que es de derecho natural y existe aunque Ginés el hoy poderoso no lo quiera) ya debilitamos la resistencia. O si queda el aborto como delito pero no se castiga nunca, como sucede en el Anteproyecto Borinsky-Yacobucci. O si se exime de pena a la madre, como sugiere Monseñor Fernández… No. El laicado debe permanecer firme contra toda muerte de cualquier inocente y nada de clericalismo…

¿Terminamos aquí, entonces?

No. La actual llamada Corte Suprema viola claramente la ética judicial, al hacer citas que inducen a engaño, pero no lo puedo aburrir con eso. El fallo recibió muchas críticas; por ejemplo esto de las citas engañosas se lo reprocharon los constitucionalistas María Angélica Gelli y Manuel García Mansilla. Otra crítica que muchos le hicieron es que la Corte reconoce derechos de la persona humana para darle indemnización a una abuela por su hija desaparecida y por el bebito que estaba en su panza cuando desapareció, siguiendo la doctrina de siempre: si hay persona hay derecho a la vida y si lo matan el abuelo merece indemnización, dos indemnizaciones, una por la hija y otra por la nieta, pero aquí cambia para fomentar el aborto. Otra, yo estoy escribiendo que el juez Fayt, integrante del tribunal en FAL, no leyó lo que firmó, porque sobre la vigencia de los tratados en el caso Simón dijo una cosa y acá, sin decir agua va, firmó otra. Cuando interviene la Religión del Abortismo hasta el más pintado afloja y desbarra. Es obligación de los jueces, cuando cambian de parecer, dar razones…, porque si no, se vislumbra la injusticia que quieren cometer. Pero acá no. Contradicen su jurisprudencia anterior como si nada…

¿Por qué habla de “Militancia”?

Porque salta a la vista que no se pueden cometer tantas bestialidades jurídicas sin que acá no haya otra cosa. Circula un video en que Zaffaroni cuenta que Kirchner le ofreció el cargo en la Corte por razones de militancia; además, declaró que se iría del cargo cuando lograra la impunidad a la tenencia de drogas (largaron el caso Arriola y estalló el consumo según la Nación de hace pocos días), y legitimar el llamado “matrimonio homosexual”… Por su parte la jueza Argibay había confesado recibir “bajada de línea” del juez citado para decir que había que avanzar hacia el aborto “por el lado de la salud”… entonces cualquier resfrío o cambio estético justifica un aborto. Pero cada vez que se mencionan estos temitas hay que dejar a salvo el Argumentazo… porque si no, pareciera que ante el verdadero peligro de la salud se debiera admitir el aborto… No, aunque se salven 10.000 madres nunca se puede matar a un inocente. Otra cosa es aplicar el principio del doble efecto…

Vamos por parte… ¿cuál es “El Argumentazo”?

Ya se lo dije. El Abortismo quiere invisibilizar, ocultar al niño, y Casa Fusa y la IPPF tienen escrito que no hay que hablar de niño, ni de madre, ni de bebé, ni de aborteros… en fin, cambiar el lenguaje para tapar el asesinato. En cambio nosotros decimos que es un absoluto moral la prohibición de matar a un inocente, según la conciencia común de la humanidad, es una prohibición absoluta, algo que no se puede hacer nunca, , aunque se venga el mundo abajo…

¿Se vendrá nomás el aborto en la Argentina?

El aborto está instalado y se mata gente a millares. En un año desaparecen más que “el número mítico 30.000”. El Gobierno Macri perdió la votación (Argentinazo en el Senado) pero insistió en el Anteproyecto Borinsky-Yacobucci que es más abortista aun y que la Comisión dice que en la interpretación del Anteproyecto, si se aplica, se tomará a FAL como guía; viene el nuevo presidente con el sinceroabortismo total; entretanto se mata a mansalva invocando la “Interrupción legal del embarazo”, las ILE, que son ilegales, inconstitucionales e inhumanas. Se mata con las siete plagas del Misoprostol, que el Gobierno de Macri autorizó y fabricó… Y ahora viene el Matarife como dictador… en nombre de una ley que no hay y que si hay es inhumana. Según el Informe oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 17 de octubre de 2019, mediante el Protocolo de la Muerte de Macri-Rodríguez Larreta murieron en los hospitales porteños en 18 meses 8.415 bebitos, lo que hace un promedio de 15 por día en 2016, que multiplicado por 360 días arroja 5.475 al año, que, si se mata parejo en el resto del país, suponiendo que todos los argentinos seamos diez veces más que los porteños, en Argentina se están matando 54.750 bebitos por año. Y todo eso sucede con un Código Penal que considera al aborto un delito y con las mejores leyes y tratados protectores de la vida… ¿Qué no será con cualquier aflojada nuestra, que defendemos los derechos humanos de todos?  La ley no les salió, entonces aplican la pura fuerza: “aquí mando yo”. Y nadie en el mundo puede hacer que el asesinato de un inocente sea legítimo. Así cumplen con el Nuevo Orden Mundial…

¿Ud. dijo “matarife”?

Digo el serial Ginés González García, Ministro de Salud.

¿Puede explicar eso del “principio del doble efecto”?

En la Moral del sentido común y del Orden natural y cristiano, por no decir, con perdón de la palabra, “católica”, hay solución a los casos que se presenten de verdadero peligro para la vida de la madre aplicando el criterio de que, si uno busca como objeto de su querer salvar la vida de la madre, y aplica así un medicamento o procedimiento que no busca el efecto de la muerte del bebé pero él se prevé que ocurrirá, es correcto buscar el primer efecto… Pero entrar en todo esto favorecería al enemigo… Desde luego que esto exige que haya causa proporcionada, que no haya otra posibilidad de salvar la vida de la madre…

¿Es o no es un problema sanitario?

Quisiera decir que el abortismo pone el grito en cuestiones sanitarias que no son casi nunca reales, que en todo caso son hipotéticas (matan seguro hoy por las dudas de que mañana… haya algún problemita… pero matar al chico no soluciona nada…), pero lo que busca bajo el ardid del problema sanitario es el aborto libre. El principal escritor abortista Gil Domínguez no se ampara en la salud de la madre ni en la violación, sino “en los derechos reproductivos de la mujer”, o sea en la santa voluntad de hacer lo que se le canta con el sexo y no reproducirse y, “si sale lo inesperado”, crucificarlo. Lo dijo en el Congreso Pino Solanas: el derecho de la mujer a gozar. Lo dijo el juez Martín Lozada El Precursor cuando mató en Bariloche. Lo dijeron los jueces que quisieron rendir a Leandro Rodríguez Lastra que salvó las dos vidas: hay que cumplir con la voluntad de matar de la mujer… aunque no se preocupan para obtener lo que se llama “el consentimiento informado” de la pobre chica, que si no tiene 16 años nunca irá a prisión, y la mantienen en la ignorancia de lo que hace

Dijo que Verónica, como Ud. la llama, fue defendida con abogado defensor y todo…

Que al parecer la defendió muy bien. Pero aquí otra animalada de las dos cortes… Al defensor le notifican la sentencia de muerte de Verónica, y en seguida la descuartizan, mientras corría el plazo para la apelación. Apeló en tiempo y forma… pero ya estaba muerta. La mataron sin oírla. “Y después dicen que es malo// el gaucho si los pelea” (Martín Fierro)…

¿Por qué dice las dos cortes?

Digo el Superior Matador Tribunal de Chubut… pero todo esto fue convalidado por la Corte Suprema que no es Suprema porque obedece al Nuevo Orden Mundial, a Rockefeller, a la ONU, a la UNESCO, a la IPPF, y hacen negocios…

Explíquese…

Consúltenlo a José Quarracino… Lean a Scala, al P. Sanahuja… Hay un poder internacional, financiero, geopolítico, cultural, en el que interviene la ONU y muchos organismos suyos, que incluso quieren instaurar una nueva religión para instaurar la nueva moral y que no crezcamos, y que impone el aborto, la eutanasia, la esterilización, la sodomía, fomenta la homosexualidad con la ESI… El propio Zaffaroni reconoce esto…

¿Y eso?

En el libro Criminología, editado en Bogotá en 1998, denuncia “una multinacional de la anticoncepción, el aborto y la esterilización, que controla foros y congresos internacionales”; denuncia el “control genocida” de la IPPF, que compara con una “bomba neutrónica”; dice que los nazis no tienen el monopolio de la ideología genocida…

Y después firmó el caso FAL…

 Sabe de qué se trata… No tiene excusas personales en el genocidio del que participa …

¿Qué nos espera?

Venceremos de nuevo si luchamos y esclarecemos y peleamos; venceremos como en el Argentinazo del año pasado. Vencerá la vida. La Justicia. La ley de Dios sobre la Argentina. Será “una Gesta de Dios por los argentinos”, de nuevo.

Muchas gracias, Doctor Hernández. P. Javier Olivera Ravasi, SE

 


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3 comentarios sobre “Gesta de Dios por los argentinos. Entrevista al Dr. Héctor Hernández

  • el marzo 17, 2020 a las 9:20 am
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    Coincido plenamente con el entrevistado. En tiempos de justificar lo injustificable el gobierno se olvida de su propia retórica y el asesinato se convierte en derecho humano. Esos niños asesinados serán los desaparecidos de la democracia. Genocidio sanitarizado.

  • el marzo 17, 2020 a las 10:43 am
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    Clarísimas las respuestas de Héctor Hernandez. Una explicación sintética del modo que opera toda esta basura abortista. Sólo quiero objetar un dato que el Dr. supone y seguramente es erróneo; me refiero a la cifra de 54750 abortos que obtiene por extrapolación del total de la población argentina, comparado con lo sucedido en Bs. As. (considerando que 1 sólo aborto es ya una tragedia).
    En su exposición en el Senado, la Dra. Chinda Brandolino (especialista en cuestiones de la medicina desde el punto de vista demográfico), mostró unos cuadros sinópticos a partir de los cuales se proyectaba una cifra anual de abortos en Argentina que rondaba los 19.000 (algo menos en realidad), lo expuso con la finalidad poner en evidencia la falacia de 500.000 que argumentaban los abortistas.
    En términos generales, hay una clara diferencia entre los habitantes de C.A.B.A. y la población del interior del país.

  • el marzo 17, 2020 a las 10:05 pm
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    Señores míos, esto no es epidemia, ni pandemia ni nada que se le parezca sino «ingeniería social» pura y dura.
    Si han tenido que posponer el aborto, será porque tienen entre manos algo mucho peor: los primeros síntomas de egoísmo y enemistad social ya están presentándose a la vista aquí, en la Argentina. Y me parece que algo de eso es lo que se busca…
    La finalidad de esto la sabrán de verdad Dios Todopoderoso y sus mefistofélicos autores -aunque se puede sospechar fácilmente a dónde va, sobre todo después de la supresión del culto público y la nefastas «comunión en la mano», no menos que la liquidación económica del cuentapropismo, en estos días de paro forzoso fenecerá sin remedio- pero lo cierto es que ni con mucho es una situación tan grave como la pintan y nos quieren hacer tragar los medios comerciales de difusión:
    Vean aquí la página de la OMS donde se informa minuto a minuto la evolución sanitaria del Famoso Covid19:
    https://experience.arcgis.com/experience/685d0ace521648f8a5beeeee1b9125cd
    Dice así (a la hora de mi consulta): 184.976 confirmed cases, 7.529 deaths. En todo el mundo, es decir, donde existe asistencia médica y dónde NO la hay, así como donde es buena, o mala o insuficiente. Se nos presenta una tasa TOTAL mundial de mortalidad del 4%, MUCHO más baja que cualquier gripe tradicional, que es arriba del 10%; e inferior al 7% exigido por la propia OMS para considerarla epidema. Las cuales gripes, sopechosamente, NO se están informando estos días, así que no nos dejan hacer las comparaciones.
    Por lo contrario, en esta otra página de la OMS se nos informa que el Ébola o el dengue son muchísimo peores que el Coronavirus: https://www.who.int/csr/don/es/
    Pero no sirven a sus propósitos de ingeniería social, así que no se hace nada a ese respecto.
    En esta otra página, se nos informa que hay países que tienen decenas o centenares de casos, Y NINGUNA MUERTE https://www.paho.org/es/temas/coronavirus/enfermedad-por-coronavirus-covid-19
    Piénsenlo.
    No es cuestión de ser «conspiranoicos». Es cuestión de ver la información OBJETIVA, no leer lanación ni infobae ni russiatoday, no ver televisión ni acatar ninguna imbecilidad programada, sino las fuentes informativas de Primer Nivel, como los estudios científicos o estadísticos reconocidos como serios. Se puede ver un infectólogo.
    Aquí, un cierntífico cubano radicado que ha desarrollado un exitoso método contra el cáncer en Buenos Aires expone su opinión científica (más allá de su formación evidentemente evolucionista…) sobre todo eso: https://blog.terapiametabolica.com/pandemias

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