Sermón. La Virgen de Fátima y el matrimonio católico
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Pingback:Homilía: La Virgen de Fátima y el Matrimonio católico (padre Olivera Ravasi) - Adelante la Fe
Padre Javier: CLARISIMA SU HOMILIA SOBRE EL MATRIMONIO CATOLICO. Pero hoy en día, hay sacerdotes dentro la propia Iglesia que tienen una actitud laxa respecto a considerar el matrimonio como INDISOLUBLE. Si es INDISOLUBLE, por favor, tendría a bien explicarme: ¿cómo es posible qué, personas divorciadas y vueltas a casar por civil o que viven en pareja, estén autorizadas (por un sacerdote) a Comulgar regularmente? Ya no tiene vigencia aquello que nos enseñaron de: «No se puede comulgar si uno está en pecado mortal»? Estar divorciado/a y convivir con otra pareja ya no es pecado mortal? Bueno, sé que la Iglesia se ha modernizado, pero, me pregunto: Dios también se habrá modernizado?
Qué el Señor lo bendiga y lo preserve.
Estimada: esos sacerdotes están enseñando una herejía, lisa y llana y, por ende, se están apartando de la doctrina católica.
No lo digo yo, sino que es lo que el mismo San Juan Pablo II declaró hace años en la Familiaris consortio», número 84.
«La Iglesia, no obstante, fundándose en la Sagrada Escritura reafirma su praxis de no admitir a la comunión eucarística a los divorciados que se casan otra vez. Son ellos los que no pueden ser admitidos, dado que su estado y situación de vida contradicen objetivamente la unión de amor entre Cristo y la Iglesia, significada y actualizada en la Eucaristía. Hay además otro motivo pastoral: si se admitieran estas personas a la Eucaristía, los fieles serían inducidos a error y confusión acerca de la doctrina de la Iglesia sobre la indisolubilidad del matrimonio.
La reconciliación en el sacramento de la penitencia —que les abriría el camino al sacramento eucarístico— puede darse únicamente a los que, arrepentidos de haber violado el signo de la Alianza y de la fidelidad a Cristo, están sinceramente dispuestos a una forma de vida que no contradiga la indisolubilidad del matrimonio. Esto lleva consigo concretamente que cuando el hombre y la mujer, por motivos serios, —como, por ejemplo, la educación de los hijos— no pueden cumplir la obligación de la separación, «asumen el compromiso de vivir en plena continencia, o sea de abstenerse de los actos propios de los esposos»»
No entendi esta segunda parte. Podría ser más específico?
Padre Javier: Agradezco mucho su respuesta; en ella me reafirma que, lo que a mi me habían enseñado respecto a la indisolubilidad del matrimonio católico, sigue vigente como doctrina. Lamentablemente, en los tiempos que transcurren, hay veces que dentro de la propia Iglesia a uno lo hacen sentir como un extraño y con creencias obsoletas.
Padre: Infinitas gracias por estar y darnos luz en estos momentos de tanta oscuridad dentro de la Iglesia.
Qué el Señor lo colme de bendiciones
Padre ¿por qué el Evangelio es rezado y en vernácula?
Está permitido ya desde Pío XII, pero, para que sea cantado, debe serlo en latín, no en lengua vernácula, de allí que sea leído.
Javier,
Ya que hay muchos sacerdotes que no cumplen con la doctrina e incurren en herejía (en muchos casos) ¿Cómo saber si un Matrimonio celebrado no ha de ser nulo? He ido a pocos casamientos (dos o tres), todos celebrados de diferente forma, y hasta con chabacanería .
Por dos motivos: en primer lugar, porque los ministros del sacramento son los contrayentes; el cura es mero testigo calificado.
En segundo por el principio del derecho canónico que se titula así: «supplet ecclesia». Puede verlo aquí: https://mercaba.org/DicEC/S/supplet_ecclesia.htm
¡Gracias!
Padre, seria posible que traten alguna vez Al cuore di Ratzinger. Al cuore del mondo, de Radaelli? Seria muy importante escuchar su opiniôn al respecto